Desde que las declaraciones fiscales se hacen por internet, el SAT está a un clic de mandar revisiones electrónicas a las empresas. Hoy los ojos del Servicios de Administración Tributaria (SAT), están encima de todos los contribuyentes; gracias a las revisiones electrónicas, pueden descubrir más fácilmente las inconsistencias o faltantes en el pago de impuestos. El desarrollo tecnológico y la digitalización de los trámites, ha permitido al SAT ser fiscalizador sin tener que revisar una a una las declaraciones o los comprobantes que reciba; el programa implementado es tan funcional para el gobierno, que la recopilación de datos los hace el mismo contribuyente y el fisco lo único que hace es cruzar información y listo, saltan los errores y vienen las revisiones; afirma Forbes. Una revisión electrónica, informa el SAT, empieza con un aviso a tu Buzón Tributario, el cual es muy importante revises constantemente, ¡tráelo en tu celular para que no se te pase nada! ya que una vez que recibas dicho aviso, tienes 15 días para dar respuesta; si se hace caso omiso, la autoridad fiscal está facultada para determinar un crédito fiscal. A grandes rasgos, El Economista menciona que una vez que recibas el aviso, deberás: proporcionar la información que aclare las supuestas irregularidades en las que incurriste; después el SAT podrá hacer un segundo requerimiento, cuya respuesta será de no más de 10 días; a partir de entonces la autoridad tiene 40 días hábiles para dar su resolución fiscal. Después, el contribuyente podrá corregir su situación fiscal y pagar los adeudos, y por último, tramitar un acuerdo a través de la Prodecon (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente). Debes saber que tú puedes evitar las revisiones electrónicas, si haces correctamente tu declaración, en los tiempos que lo marca el fisco, puedes estar exento de ellas. Fíjate bien en la información que mandas, ya que el programa que maneja el SAT está desarrollado para que con un cruce de información arroje inmediatamente el error en las declaraciones del contribuyente. Pon especial atención a la hora de entregar la información, por ejemplo: la de las declaraciones anuales, pagos provisionales, facturación electrónica, DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros), declaraciones informativas; entre otros. CICDE cuenta con un equipo de profesionales, que ponemos a tu disposición para prevenir una revisión fiscal o para resolverla. ¡Ponte en contacto con nosotros!

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