La liquidación de sociedades es un proceso con muchas aristas que hay que atender con todo el cuidado necesario.

Algunas de las razones por las cuales se disuelve una empresa son: porque ya no puede llevar a cabo nuevas operaciones; porque su patrimonio social ya no está disponible ni para pagar a los acreedores. También cuando caduca el derecho a la distribución de utilidades. También es importante destacar que hay distintas clases de disolución. IDC Online asevera que hay disoluciones voluntarias, donde básicamente es por mutuo acuerdo de los socios; también están las legales, las cuales pueden ser por expiración del término fijado en el contrato social; por imposibilidad, lo cual quiere decir que ya no es posible seguir llevando a cabo el objeto principal de la sociedad o por haber quedado consumado. Asimismo, la ley permite la disolución por acuerdo de los socios, cuando el número de accionistas llegue a ser inferior al mínimo previsto por la ley y cuando hay una pérdida de las dos terceras partes del capital social. En el momento que hay una disolución de sociedad, se abre el periodo de liquidación, donde la sociedad disuelta aún conservará su personalidad jurídica mientras se finiquita la liquidación. Área de Pymes informó que durante dicho proceso, los administradores cesarán a su cargo y serán reemplazados por los liquidadores, cuyas responsabilidades, son: Formular un inventario y un balance de la sociedad al día en que se hubiera disuelto en el plazo de tres meses a contar desde la apertura de la liquidación; también deberán percibir los créditos sociales y pagar las deudas sociales; concluirán las operaciones pendientes y realizarán las nuevas que sean necesarias para la liquidación de la sociedad. También deberán percibir los créditos sociales y pagar las deudas sociales. Evidentemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT), deberá estar debidamente informado. ¿Cómo es? Las personas morales que hayan iniciado el proceso de liquidación deberán presentarse en una oficina del SAT, previa cita y deberán presentar el documento notarial protocolizado de la disolución de la sociedad; la identificación oficial vigente del representante legal de la liquidación; el poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal y el formato de Avisos de Liquidación, Fusión, Escisión y Cancelación al Registro Federal de Contribuyentes. Como ves, se trata de una serie de pasos importantes y muy detallados a cumplir para concluir debidamente ese trámite. Te recomendamos que te apoyes con los abogados de CICDE para que no tengas ningún problema en este proceso o posteriormente.

Desarrollado por CICDE, para Organizar
y Dirigir tu Empresa Desde Cero.

Me gustaría recibir una cotización

Call Now Button