El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), está facultado para emitir resoluciones que pueden afectar la esfera jurídica de los patrones, ya que les impone alguna obligación o les modifica una, como pueden ser la determinación de créditos fiscales o la alteración de la prima del Seguro de riesgos de trabajo. Estas determinaciones pueden impugnarse a través de dos recursos: de inconformidad, el cual se tramita ante dicho organismo o bien el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). El primer medio de defensa necesariamente es presencial y el segundo puede ser de la misma forma o por Internet. Esta última opción ofrece diversas ventajas:
  • ahorro en tiempo y dinero, ya que no es necesario trasladarse a las instalaciones del tribunal
  • acceso total a la justicia vía online, y
  • agilidad en las gestiones como en la interposición del juicio
Otra de las ventajas que ofrece este sistema, es que tanto los patrones como los litigantes pueden tener una justicia pronta y expedita. Esta es la forma en cómo se presenta una demanda de nulidad en materia de seguridad social mediante el Sistema de Justicia en Línea del TFJA.

Juicio de nulidad

Es un procedimiento jurisdiccional en el cual el patrón hace valer sus derechos frente al IMSS, ante el TFJA, para que este último se los restituya. Este se puede efectuar por la vía: sumaria, el término para su interposición es de 30 días contados a partir del día siguiente al cual hubiese surtido efectos la notificación, siempre y cuando el monto del crédito fiscal no exceda de 15 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente elevada al año (actualmente 413,307.75 pesos) (arts. 58-1 al 58-15, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo —LFPCA—), u ordinaria, el plazo para promoverlo es de 30 días hábiles, contado a partir del día siguiente al cual hubiese surtido efectos la notificación de la resolución del IMSS, siempre que el adeudo rebase la cantidad señalada o bien la impugnación no implique combatir una carga pecuniaria (arts. 13 al 18, LFPCA) Estas dos variantes se pueden promover de forma presencial (por escrito en las oficinas del TFJA) o mediante la página www.juicioenlinea.gob.mx/

Sistema de Justicia en Línea

Se puede definir como el método informático establecido por el TFJA para registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, transmitir, gestionar, administrar y notificar el procedimiento contencioso administrativo que se sustancie ante el tribunal, al cual se tendrá acceso a través del portal de Internet (art. 67, Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa). Esta modalidad se compone de un expediente electrónico, que incluye todas las promociones, las pruebas y otros anexos que presenten las partes, los oficios, los acuerdos y los fallos, en las que se garantiza su seguridad, inalterabilidad, autenticidad, integridad y durabilidad. Dichos escritos se rubrican con la e.firma emitida por el SAT, misma que produce los mismos efectos legales que la autógrafa; es por ello que los usuarios deben ser responsables de su uso porque la información presentada mediante este instrumento, le será atribuible y no admitirá prueba en contrario, salvo que se acrediten fallas en el sistema. Toda promoción exhibida por este canal de comunicación se va hacer constar en un acuse electrónico en donde se establecerá la fecha y la hora de recibido.   Fuente: idconline.mx/seguridad-social/2017/10/10/defiendase-del-imss-a-traves-de-internet

Desarrollado por CICDE, para Organizar
y Dirigir tu Empresa Desde Cero.

Me gustaría recibir una cotización

Call Now Button